Salud

Niñas y adolescentes ya no necesitan autorización de terceros para acceder al aborto por violación

La Corte Constitución del Ecuador suspendió la vigencia del artículo 5.

Niñas y adolescentes ya no necesitan autorización de terceros para acceder al aborto por violación

Las niñas y adolescentes ya pueden decidir si interrumpir su embarazo por violación, sin contar con el consentimiento de terceros o sus representantes legales.

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La Corte Constitucional del Ecuador suspendió la vigencia de los artículos 5, literal g; 12, literal 6 y del 22, literal 6 de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de violación. De acuerdo con la resolución de la Corte, esta suspensión se decidió ante la “inminente vulneración al derecho a la integridad y autonomía de las sobrevivientes de violación”.

Estos artículos quedan obsoletos luego de que la Corte aceptó las medidas cautelares solicitadas en una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por nueve madres, por sus propios derechos y en representación de sus hijas.

¿Qué quiere decir esta buena noticia?

Quiere decir que las niñas y adolescentes violadas y que hayan quedado embarazadas, luego de ser debidamente informadas sobre su derecho a obtener un aborto, podrán acceder a este. No necesitan la autorización de sus padres, madres o representantes. Será su decisión lo que prevalezca.

Es una buena noticia para niñas y adolescentes sobrevivientes de violación en el Ecuador, porque la decisión de abortar o de no hacerlo es personal.

—  Surkuna EC.

Lo que dictaba antes el artículo 5

La ley de aborto por violación dictaba que las niñas y adolescentes víctimas de violencia podrían solo someterse a un aborto si así lo decidieran sus representantes legales o en el caso de que ellos fueran los violadores algún tercero; sin embargo, con la derogación de este artículo, las únicas que podrán decidir si ser madres o no serán ellas mismas.

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