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Chile: Se viene el paro de actores

¿que irá a pasar con las teleseries?

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Hace varios meses que la Asociación de actores de Chile anda reclamando por algo que pareciera ser justo: la no aplicación correcta de la ley 20.243, que protege los bienes morales y patrimoniales de los artistas respecto a cuando se publica su imagen que ha quedado grabada en distintas plataformas. (Latercera.com)

Ya que las diversas acciones que han tomado, tales como conversar con la ministra del trabajo Evelyn Mathei y el ministro de cultura Luciano Cruz Coke, no han dado resultado. La cosa es que han repetido teleseries hasta el hartazgo, pero no le han pagado a los actores el derecho a reproducir dichas emisiones.

Pero los actores no se quedarán en sus casas. Comenzarán el día jueves 7 de abril (mañana) con una cita a las 8.30 am a un costado del Hotel Sheraton, (cercano a CHV y C13)  donde los miembros de la agrupación irán a buscar a los colegas a los canales.

Hacía al menos un mes que los actores estaban anunciando el paro, pero no habían dicho cuándo se haría porque según Daniel Alcaíno: “Si lo anunciamos capaz que graben con los actores de Yingo”. Esperanza Silva, presidenta de la asociación lidera el movimiento que ha mostrado la adhesión de famosos como Benjamín Vicuña, Claudia Di Girólamo, Patricia López, Claudia Lasso, el Club de la Comedia en pleno y desde Estados Unidos, Cristián de la Fuente.

No encontré en las noticias quien explicara exactamente a qué se refieren los actores, así que busqué la mentada ley y encontré algo interesante en esta ley promulgada en 2008.

Artículo 3°.- El artista intérprete y ejecutante de una obra audiovisual, incluso después de la cesión de sus derechos patrimoniales, tendrá el derecho irrenunciable e intransferible de percibir una remuneración por cualquiera de los siguientes actos que se realicen respecto de soportes audiovisuales de cualquier naturaleza, en que se encuentran fijadas o representadas sus interpretaciones o ejecuciones audiovisuales:

a) La comunicación pública y radiodifusión que realicen los canales de televisión, canales de cable, organismos de radiodifusión y salas de cine, mediante  cualquier tipo de emisión, análogo o digital

b) La puesta a disposición por medios digitales  interactivos

c) El arrendamiento al público, y

d) La utilización directa de un videograma o  cualquier otro soporte audiovisual o una reproducción del mismo, con fines de lucro, para su difusión en un  recinto o lugar accesible al público mediante cualquier  instrumento idóneo.

Y en el artículo cuarto: “y su monto será establecido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 de la ley N° 17.336”.

Vamos a la 17.336

Art. 100. Las entidades de gestión estarán obligadas a contratar, con quien lo solicite, la concesión de autorizaciones no exclusivas de los derechos de autor y conexos que administren, de acuerdo con tarifas generales que determinen la remuneración exigida por la utilización de su repertorio.

Las entidades de gestión sólo podrán negarse a conceder las autorizaciones necesarias para el uso de su repertorio, en el caso que el solicitante no ofreciere suficiente garantía para responder del pago de la tarifa correspondiente. Las tarifas serán fijadas por las entidades de gestión, a través del órgano de administración previsto en sus Estatutos, y regirán a contar de su publicación en el Diario Oficial (…)

Leí toda la ley y nunca caché lo que era la entidad de gestión; pero sí me doy cuenta de que no está predeterminado por una tarifa fija, o un porcentaje.

Considero que los actores están en todo su derecho de paralizarse, ya que a veces no tienen sueldos muy altos y así como a un médico se le paga por cada visita que hace, habrá que pagarles; los canales facturan bastante incluso cuando les va mal, así que están en su derecho y la ley los ampara.

Afortunadamente, la actividad de los actores no es tan de primera necesidad como por ejemplo, la de los conmsultorios u oficinas públicas. Los principales afectados serán sin duda los fanáticos de las teleseries, ya que si el conflicto no se resuelve prontamente, el paro podría llegar a tener un carácter de indefinido.

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