En septiembre de 2022, un drama se tornó escenario de justicia en Las Palmas de Gran Canaria. Un hombre llamó por teléfono a su pareja y le dijo: “Voy a matar al perro y después me mato”. Luego la citó en la costa y, en presencia de ella, arrojó por un risco al cachorro que ambos compartían, un podenco de apenas cuatro meses. El animal impactó contra rocas y falleció.
PUBLICIDAD
Este acto no fue calificado por la jueza Auxiliadora Díaz como un episodio aislado o un mero maltrato, sino como una estrategia de dominación: un instrumento para quebrar por dentro a la mujer. Con esa lógica, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas consideró el episodio como violencia vicaria, siendo un precedente legislativo.
¿Qué es la violencia vicaria y por qué importa?
La violencia vicaria (o “violencia por sustitución”) es una forma de violencia machista donde no se agrede directamente a la mujer, sino que se ataca a seres queridos (o simbólicos) para infligirle sufrimiento emocional. Tradicionalmente suelen involucrarse hijos e hijas, pero esta sentencia amplía el concepto al daño sobre mascotas con vínculos afectivos fuertes.
La jueza Díaz explicó que el agresor no actuó por impulso, sino con una finalidad clara: matar la mascota para quebrar el mundo emocional de la mujer. No se trató de dos daños independientes (animal + mujer), sino de un solo plan con dos vertientes en concurso medial: maltrato animal y maltrato psicológico.
La sentencia
El veredicto impone 12 meses y un día de prisión. Al no tener antecedentes, la pena quedó en principio suspendida, pero con condiciones estrictas. Además:
- Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima por dos años y un día.
- Inhabilitación para tener animales o ejercer actividades relacionadas con ellos durante dos años adicionales.
- Se reconoció un daño psicológico en la mujer, estimando un tiempo de recuperación de 90 días.
Lo más innovador es que el juzgado aplicó perspectiva de género para asumir competencia sobre el delito de maltrato animal (que no suele corresponder a juzgados de violencia contra la mujer) y lo conectó jurídicamente con el maltrato psicológico.
Al admitir los hechos en juicio rápido y conformarse con la pena, el fallo ya es firme.
PUBLICIDAD
¿Por qué esta sentencia despierta esperanza?
Este fallo representa un paso simbólico y práctico: reconoce que los vínculos emocionales con animales no son “menos que” los humanos, y que un agresor puede usar esos vínculos como palanca para infligir dolor.
La decisión refuerza la idea de que la violencia de género se manifiesta de múltiples formas y que la justicia debe evolucionar para captarlas. Además, abre la puerta para que otros tribunales contemplen casos donde el agresor daña (o amenaza con dañar) mascotas u otros seres queridos para generar miedo y control.
Es una señal clara: el derecho puede mirar con ternura, con empatía y con fuerza hacia quienes sufren abusos que antes parecían invisibles. Lo que ganan las víctimas:
- Reconocimiento institucional de un nuevo tipo de daño.
- Mejores herramientas preventivas y de protección (órdenes de alejamiento, prohibiciones).
- Un precedente que puede servir a muchas personas afectadas en futuras denuncias.