Una victoria judicial obtuvieron las parejas homosexuales de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dos artículos del Código Civil de Nuevo León, que impedían el matrimonio gay.
La sentencia invalida lo prescrito en los artículos 140 y 148 del Código Civil del Estado Nuevo León, que permitían contraer matrimonio solo a parejas conformadas por un hombre y una mujer.
Derechos humanos
La decisión unánime dio el visto bueno al proyecto de sentencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. El jurista detalló que la normativa viola los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal.
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Pardo explicó que la norma se derogó “por ser discriminatoria, al atentar contra la dignidad humana en su vertiente relativa al libre desarrollo de la personalidad, así como la organización y desarrollo de la familia”.
Y consideran que “otorga un trato diferenciado a parejas del mismo sexo respecto de las heterosexuales, al excluir la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo”.
Pugna
La decisión se extiende a todos los ordenamientos de Nuevo León relacionados al matrimonio, incluyendo el concubinato. Los cambios deberán aplicarse a partir de la notificación al Poder Legislativo de ese estado.
Sin embargo, habrá que esperar la respuesta de este órgano legislativo. Hace cuatro años, reseña el diario Milenio, se negó a acatar un amparo emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte en contra de los mismos artículos del Código Civil de Nuevo León.
La sentencia abre un nuevo escenario para las parejas del mismo sexo, residentes en Nuevo León. Quienes podrían formalizar sus relaciones y ser protegidos por los derechos que confiere la ley.