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¡Inclusión! Nueva Constitución de Ecuador aprobará el matrimonio igualitario

Por primera vez en muchos años, representantes de la comunidad LGTBI se reunieron con la Corte Constitucional de ese país

Cortesia

Despúes de casi 20 años, la Corte Constitucional de Ecuador y un grupo de representantes de la comunidad LGTBI, se reunieron para discutir las propuestas y necesidades de ese importante sector de la población.

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Tras el encuentro entre decenas de delegados de colectivos LGTBI con el presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Ruiz,  la presidenta de la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGTBI, Diane Rodríguez reveló que Ecuador reconocerá el matrimonio entre parejas del mismo sexo, en su Carta Magna.

De acuerdo a la activista, el presidente de la Corte, ha asegurado que la mayoría de magistrados del tribunal apoyaría el reconocimiento del matrimonio igualitario, de llegar un caso a la máxima instancia judicial.

El artículo 67 de la Constitución de la República considera de forma explícita el matrimonio como la unión entre hombre y mujer, pero un reciente caso ventilado en la Corte Provincial de Azuay ha fallado a favor de una acción de protección de un matrimonio homosexual, reconociendo el casamiento entre dos mujeres.

A pesar de esta decisión, el registro civil recurrió esa sentencia e impidió su ejecución, por lo que las afectadas podrían elevar su causa en otras instancias judiciales para lograr el cumplimiento de la sentencia, manifestó la dirigente de la Federación ecuatoriana que agrupa a unas 40 organizaciones LGTBI.

«Este caso está escalando a nivel nacional y si llegara a la Corte Constitucional nos han garantizado que se manifestarán a favor del matrimonio homosexual», aseguró Rodríguez, primera trans en resultar electa como legisladora en el país, en 2017.

Representantes de los colectivos LGTBI esperan que estos reconocimientos por vía judicial a sus propuestas colaboren a abrir el debate sobre la necesidad de reformar la legislación vigente.

Con esto, aspiran a que no se incurra en contradicciones entre la protección de sus derechos de identidad sexual y la imposibilidad de llevarlos a la práctica en condiciones de igualdad.

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