Actualidad

Conductor de Cabify acusado del feminicidio de Mara Castilla podría quedar libre de culpa

Cuánta incompetencia de la justicia ante el feminicidio de Mara Castilla

Captura

Mara Fernanda Castilla Miranda abordó una unidad de Cabify el 8 de septiembre de 2016, tras salir de un centro nocturno, cerca de su casa, en Puebla. Nunca llegó a su casa y días después, su cuerpo fue localizado en un tramo de la carretera Puebla-Tlaxcala con signos de haber sido abusada física y sexualmente.

PUBLICIDAD

Como pocas veces en la historia reciente de México un feminicidio como el de Mara, estudiante de 19 años de edad, llamó la atención del país, donde una inédita oleada de indignación por la violencia contra las mujeres encendió una alerta a nivel nacional (porque México es un país donde según estadísticas se cometen 7 feminicidios al día)

Por ello, no puede haber más indignación ante el giro que está dando el caso pues Ricardo Alexis, presunto culpable por la muerte de la joven, podría conseguir su libertad en los próximos días. Su abogado, Francisco Tlahuicole, logró que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificara tres amparos a favor de su cliente. Con esto, queda anulada la acusación por feminicidio y se descartan las pruebas de geolocalización de los teléfonos de Mara, informó El Sol de Puebla.

El litigante explicó que fue el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito el que resolvió a favor de su cliente tres recursos de revisión de igual número de amparos, debido a fallas e irregularidades que cometió la Fiscalía de Puebla  

“En estos momentos no existe un proceso por el delito de feminicidio en contra de Ricardo Alexis, sólo queda subsistente el tema de privación ilegal de la libertad, y no se pueden agregar pruebas que fueron declaradas ilegales”, mencionó el abogado.

De acuerdo con información del HuffPost, el primer amparo se otorgó por la privación ilegal de la libertad a la que fue sometido Ricardo Alexis cuando se le inculpó por el homicidio de la estudiante de Derecho en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla.

El segundo amparo se logró al determinar que las pruebas para inculpar al sujeto se obtuvieron de forma ilícita, por lo que fueron descartadas para el uso de la acusación.

El tercer amparo revocó la imputación por el delito de feminicidio al no ser debidamente sustentado ante el juez con las pruebas que castigó la Fiscalía.

Con esto se establece que el Tribunal Superior de Justicia repita la audiencia por privación ilegal de la libertad de la estudiante y no por el delito de feminicidio, además de que la autoridad no podrá presentar las mismas pruebas.

“En caso de que se vuelva a vincular a proceso, tendrá que dictarse una medida distinta a esa o tendrá que justificarse una prisión preventiva no oficiosa, sólo prisión preventiva, pero tendrá que estar debidamente justificada por el fiscal, cosa que no han hecho hasta el momento de los actos y audiencias procesales que se han llevado a cabo”, explicó.

Te recomendamos en video 

Tags

Lo Último