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La posible condena que podría recibir la asesina de su hijastro de 8 años

Según las leyes españolas vigentes el delito de asesinato tiene como condena una pena de 25 a 35 años de prisión.

La terrible noticia sobre el asesinato del pequeño Gabriel Cruz en manos de la dominicana Ana Luisa Quezada no solo ha dado la vuelta al mundo sino que además ha puesto en el ojo del huracán las leyes españolas que podrían ser flexibles con lo que se conoce como «prisión permanente revisable» ante un acto tan atroz que ha conmocionado al mundo.

Ante esto el abogado penalista José María de Pablo explica la pieza clave para determinar si fue homicidio o asesinato, siendo este último el escenario correcto para que todo el peso de la ley caiga sobre la mujer que cegó la vida del inocente. El experto en leyes explica:

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«Las circunstancias que transforman un homicidio en asesinato son dos. Una es la alevosía, que consiste en cometer el delito empleando medios o modos que aseguren su ejecución, evitando el riesgo que para el delincuente pueda proceder de la víctima al defenderse. En este caso, la propia diferencia de edad, fuerza, etc., entre la detenida y la víctima apuntan a que se pueda apreciar alevosía y, por tanto, se califiquen los hechos como asesinato. La otra circunstancia que convertiría el homicidio en asesinato sería que se hubiera matado a la víctima para evitar que se descubra otro delito como un secuestro por ejemplo. Si se acreditan cualquiera de estas dos circunstancias, y los hechos no se califican como homicidio sino como asesinato, se podrá imponer al culpable la pena de prisión permanente revisable”

Lo cierto es que la ley es clara y la pena de prisión permanente revisable que data de 2015 en el Código Penal se extiende entre los 25 años hasta los 35 años, la polémica radica en que estos lapsos de tiempo son incluso aplicables a delitos terroristas, es decir, que sin importar el impacto social, los crímenes son tomados por igual.

Existe la posibilidad de que pueda suspenderse la condena, pero primero debe realizarse el cumplimiento mínimo de prisión señalado en el Código Penal así como debe obtener algo denominado como tercer grado penitenciario que según la autorización de un tribunal garantice varios factores para su reinserción social. Por lo pronto todo un debate sobre la pena de Ana Luisa Quezada mantiene a España completa a la expectativa.

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