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Cuando en Chile se podía matar a las adúlteras

Lo permitía una ley chilena que rigió hasta la década de los ’50.

A continuación les compartiré una historia que realicé sobre el uxoricidio durante un especial de “amor” para el semanario The Clinic, ya que retrata un importantísimo avance histórico en derechos femeninos y nos puede ayudar a entender -no así aceptar- algunos orígenes sobre el comportamiento de aquellos que siguen aferrados a una arcaica y misógina idiosincracia chilena.

Hasta 1953, en Chile se permitía que un marido matara a su mujer si éste la sorprendía engañándolo. Se trataba de una ley magnánima con los celos masculinos que protegía “El Honor conyugal, el más poderoso, el más tiránico en el corazón del hombre”, en palabras del poeta Domingo Silva.

Esta es la historia de una mujer asesinada al amparo de esa normativa.

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Una tarde don Marcial Espínola, dueño de la hacienda Lo Vicuña, se dirigió a la habitación de su sirviente Julio Morales con el fin de ordenarle a ensillar un par de caballos. Pero cuando intentó entrar a la pieza, encontró que la puerta estaba cerrada. Sin dudarlo, la abrió de un empujón.

Segundos después cinco disparos rompieron la calma campestre de ese 19 de enero de 1921. Cuando la habitación volvió a quedar en silencio, en el suelo yacía muerta Mercedes García Huidobro, la esposa de Marcial. Y afuera, escondido tras unos arbustos se desangraba Morales, de 21 años.

Marcial cerró con llave y prohibió a sus empleados entrar en la habitación. Luego de tomar un baño, cambiarse de ropa con calma, partió a confesar su crimen al juez local, Juan Bautista Santelices, quien además era su amigo personal.

Marcial Espínola tenía entonces 68 años y era un conocido latifundista de Putaendo. Seis meses antes del crimen había decidido casarse con Mercedes García Huidobro, de 42, con quien llevaba 20 años de amores a espaldas de la Iglesia. Durante ese tiempo habían tenido tres hijos. Tras la formalización de la relación, la familia comenzó a vivir en el fundo Lo Vicuña de Putaendo hasta ese 19 de enero.

Ante su amigo juez, Marcial relató que al entrar a la habitación de su empleado lo sorprendió retozando con su esposa. Invadido por la ira les disparó a ambos, matándola a ella e hiriéndolo a él. En los días siguientes, Marcial y Mercedes llenaron los diarios nacionales como los protagonistas de “El drama de Putaendo”, una historia en la que emergieron las profundas taras que la sociedad chilena tenía con el amor, el sexo y los derechos de la mujer.

Hoy, por ese homicidio le habrían dado a Marcial como mínimo 5 años de cárcel. En esa época, sin embargo, existía una figura legal que libraba de culpa al que mataba a su mujer cuando la sorprendía en adulterio. Por entonces no se hablaba de femicidio sino de uxoricidio (el asesinato de la esposa). Y había un uxoricidio legal.

Por cierto la ley chilena sólo era comprensiva con los celos masculinos y le permitía limpiar su honra a balazos. En cambio, el asesinato del esposo, aún cuando fuera sorprendido en las mismas, era sancionado sin excepciones.

Pena de muerte

Tras la confesión de Marcial, el juez determinó dejarlo bajo arresto domiciliario. Los familiares de la víctima alegaron en la Corte de Apelaciones de San Felipe que ese amable trato se explicaba por la amistad del juez con el homicida.

Presionado por las acusaciones, el juez volvió a interrogar a Marcial y éste entró en contradicciones. En realidad no había visto a su mujer retozando, sino que al entrar la había visto acomodándose la ropa mientras el empleado Morales se subía los pantalones.

El juez también interrogó a Morales, quien ya se había repuesto en el hospital. Según su versión la mujer había ido a su taller a buscar las botas lustradas de su hijo Roberto.

-Yo guardo los zapatos lustrados en un rincón de mi cuarto. Me quedé en la puerta y se los señalé. En eso interrumpió el patrón que venía totalmente descompuesto y le disparó a la señora. Yo traté de huir, pero una bala me alcanzó en la espalda. Como pude arranqué y permanecí oculto tras unos rosales- relató.

Paralelamente se conoció la autopsia de Mercedes, hecha a petición de la familia. El informe sostenía que ni en el cuerpo ni en la ropa de la mujer se habían encontrado “residuos de semen, ni huellas espermáticas”.

Con los nuevos antecedentes, el juez decidió declarar “reo” a Marcial, lo que en el antiguo sistema implicaba decir que habían pruebas suficientes para iniciar una investigación en su contra. Pero lo siguió manteniendo bajo arresto domiciliario, lo que desató las iras de la familia de la víctima.

En la Corte, Francisco García Huidobro, hermano de la asesinada, alegó:

“El reo, porque así ha sido declarado, manda como rey y señor en todo el fundo de “Lo Vicuña”. Con la policía, que está a sus órdenes, permite la entrada a quien le da la gana. Las casas están por entero a su disposición y el local en que se desarrolló el crimen está bajo su único cuidado. El juez Santelices no ha tomado medida alguna para conservar los rastros del crimen y los objetos inmediatos que pueden servir para esclarecer el homicidio, entre otras irregularidades como el hecho de que el culpable permanezca en su casa y no en la cárcel como debiera ser”.

Como las acusaciones alcanzaron niveles de escándalo, la Corte decidió designar al juez Abel Maldonado como ministro en visita. Una de sus primeras medidas fue reconstituir los hechos convocando a Morales y a Marcial. El sirviente mantuvo su declaración: fue un crimen sin justificación. Al oirlo, Marcial lo increpó duramente e insistió en que su esposa le había sido infiel.

En esa reconstitución, sin embargo, aparecieron tres nuevos testigos, tres mujeres que servían en la casa. Ellas no habían visto lo ocurrido, pero llegaron al lugar al oír los disparos. Dijeron haber visto al hijo mayor de la mujer desesperado y tratando de entrar a la pieza donde estaba muerta su madre. Dijeron también que Marcial maltrataba a su esposa. Que era brusco con ella.

En la misma dirección declaró el cochero Pedro Aurelio, quien recordó que un par de años antes, cuando la pareja aún no estaba casada, él tuvo que impedir que Marcial ahorcara a Mercedes.

Para el ministro en visita el asunto estaba claro. Qué adulterio ni qué nada. Se estaba en presencia de la última y final agresión de un marido violento. El ministro condenó a Marcial a la pena de muerte por el asesinato de su esposa y a cinco años por el homicidio frustrado de Julio Morales.

La adúltera se lo merecia

La dura condena contra Marcial generó un escándalo tan grande como el crimen mismo. No sólo porque la condena tocaba a un rico latifundista, sino porque en este caso confluían varios tabúes que la elite chilena no se había atrevido ni siquiera a mirar de reojo: la violencia intrafamiliar, los prejuicios sociales contra las madres solteras y la mentalidad patriarcal que consideraba a la mujer una propiedad del hombre, a tal punto que estaba justificado matarla si esta lo deshonraba.

Mónica Echeverría aborda este caso en su libro “Agonía de una irreverente” y relata el extenso debate que el crimen suscitó entre los intelectuales de la época. Uno de los que mejor retrató lo que estaba en juego fue el dramaturgo y novelista Antonio Acevedo Hernández. quien sostuvo que la condena causaba estupor porque a la sociedad chilena le parecía peor ejemplo una mujer que tuvo hijos sin estar casada, que un hombre capaz de matar.

“La señora Mercedes García Huidobro -escribió Acevedo- durante veinte años tuvo hijos naturales y se mostró con el señor Espínola en todas partes, confesándose madre de sus hijos. Pues bien, la prensa, los abogados y gran parte del público se sienten desfavorablemente impresionados de la señora. Se repite que una mujer tan desvergonzada para pasar toda su vida ligada íntimamente a un hombre que de niña la sedujo y que de mujer la maltrató, tiene por fuerza que ser de condición ligera. En Chile es axiomático que la mujer que ha empezado como “querida”, no es buena en el matrimonio. Basados en estos detalles, se ha asumido que la señora era adúltera, aunque la ciencia no encontrara ninguna prueba de ello”.

Para cuando Acevedo escribe estas líneas la defensa de Marcial está avocada a sostener la tesis del uxoricidio legal. Es decir: la mató porque la pilló y por lo tanto, según la ley, no cometió delito alguno.

Uno de los intelectuales que adscribió a esa tesis fue Víctor Domingo Silva, autor del patriótico poema “Al pie de la Bandera”. que también ejercía como periodista en El Mercurio. En una carta pública, sostiene:

“A mi juicio, dadas las circunstancias en que se vio colocado, no le afecta al señor Marcial Espínola responsabilidad criminal ante nuestras leyes. Creo que proceden con ánimo ligero las personas que llevan el debate con espíritu proselitista. Me refiero a las feministas que han rasgado sus vestiduras a favor de la víctima, y presentan al señor Espínola como un monstruo de crueldad y sagacidad, como un degenerado, cuando la verdad es que procedió bajo el impulso del honor conyugal, el más poderoso, el más tiránico en el corazón del hombre”.

Por cierto, este “impulso” sólo era válido para resguardar el honor del hombre, y eso a Domingo Silva le parecía “repugnante”. Pero ¡qué diablos! “Para la ley esta es una costumbre trasmitida de generación en generación”, argumentaba.

La defensa apeló y en la Corte Suprema se acogió la legalidad de este uxoricidio. No sólo aceptó las dudosas pruebas del adulterio de Mercedes, sino que en el tema de fondo, decidió que Marcial había obrado dentro de los márgenes permitidos. Es decir, la corte chilena -no un tribunal musulmán o africano, que desde nuestro orgullo de país occidental nos parecen tan primitivos- respaldaba la idea de que la adúltera debe morir. Y todo resultaba ajustado a derecho.

Sólo 20 años después del “Drama de Putaendo”, el presidente Juan Antonio Ríos envió una reforma para modificar “aquellas instituciones cuya reglamentación que pudo ser eficaz en su tiempo, pero que resultan inadecuadas en la contemporaneidad”. Una de ellas era la norma que liberó a Marcial.

Pero no se trataba de una reforma urgente, de un tema de fondo que avergonzara a la sociedad chilena. Y debieron pasar otros tres años hasta que en el Congreso, en una sesión sin debate, sin aplausos, sin discusiones de fondo, se decidiera derogarla. Por cierto, nuestra historia judicial no registra la cantidad de “adulteras” cuyos maridos quedaron sin castigo; ni la cantidad de mujeres que fueron asesinadas usando ese argumento, sin que hubieran hecho otra cosa que ser maltratadas. Como claramente fue el caso de Mercedes.

Fuente: The Clinic, archivo febrero 2008

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